La Debida Diligencia

Por Jorge L. Rodríguez
martes 20, febrero 2018

Los Intermediarios de Valores o Puestos de Bolsas son considerados sujetos obligados en la Ley de Lavados de Activos. Esto significa que están obligados a conocer a sus clientes y a realizar la debida diligencia para conocer la actividad de su cliente y de donde provienen los fondos del mismo. Para estos fines el Mercado de Valores tiene una normativa que nos instruye sobre que tipo de acciones debemos de tomar para cumplir con la Ley y llevar a cabo las acciones para evitar que el Mercado se utilice como herramienta para el Lavado de Activos.

Cuando una persona física o jurídica desea aperturar una cuenta de corretaje o inversiones en cualquier Puesto de Bolsa, este deberá de completar varios formularios donde se levantan informaciones básicas del cliente para conocer, entre cosas, la procedencia de los fondos del mismo.  Estos formularios contienen las informaciones básicas del cliente tales como su dirección, teléfono, ocupación, lugar de nacimiento, estado civil, entre otras.  Luego, se empieza a conocer más sobre el origen de los fondos y la fuente de ingresos del cliente.  Se necesita determinar si la persona labora, si tiene otras fuentes de ingresos, un estimado de su patrimonio e inclusive los montos promedios que pretende o que pudiera invertir.  Con esta información, podemos inmediatamente segmentar al cliente para luego con nuestros sistemas monitorear las actividades del cliente para asegurar que la persona está realizando operaciones dentro de sus rangos de ingresos y patrimonio.

En adición a estas informaciones básicas del cliente también se exige completar un cuestionario para determinar si la persona es calificada como PEP (Persona Políticamente Expuesta).  Esto quiere decir, si la persona trabaja o ha trabajado en entidades gubernamentales o si pertenece a un partido político o si tiene un pariente que tiene estas características, es calificado como PEP.  Esto no quiere decir que no pueda aperturar una cuenta de corretaje, si no mas bien que como PEP deberá de contar con una Debida Diligencia Ampliada y que sus operaciones deben de estar monitoreadas de manera más cercana.

Luego de completar toda estas informaciones y previo a la apertura de la cuenta de corretaje. el departamento de cumplimiento del Puesto de Bolsa debe de verificar los datos del cliente y verificar en los sistemas de cumplimientos internacional para verificar que el cliente no este o haya sido implicado o acusado en actividades ilícitas.  Una vez los clientes inician a utilizar sus cuentas los Puestos de Bolsas tienen sistemas que le ayudan a monitorear las actividades del cliente para verificar que las mismas esten dentro del rango proporcionado por el mismo al momento de la apertura.

La apertura de una relación o Cuenta de Corretaje con un Puesto de Bolsa requiere por normativa de un análisis de cada cliente realizado durante la apertura de cuenta donde se levantan informaciones básicas del cliente para determinar su perfil de inversionista y conocer la procedencia de los fondos. Hoy en día la normativa del Mercado de Valores exige que el Origen de Fondos quede debidamente documentado por el cliente.  Esto quiere decir que el cliente debe de entregar las documentaciones que evidencien el Origen de los Fondos.

Las responsabilidades de la Debida Diligencia son de toda la empresa, pero queda sobre el Departamento de Cumplimiento la responsabilidad de la puesta en ejecución y seguimiento de todas las Normas.  La nueva Ley de Lavado de Activos de la Rep. Dom. califica a varios sectores de le economía dominicana como Sujetos Obligados.  Los mismos tienen obligaciones de realizar este tipo de depuraciones antes de realizar negocios con un cliente.  Cada uno de los sectores tienen su propia Norma de cómo llevar a cabo la Debida Diligencia.  Los Sujetos Obligados estamos en la obligación de conocer y realizar la debida diligencia para conocer bien a nuestros clientes y de donde provienen los fondos de estos.  Aunque no somos investigadores privados ni tampoco un departamento de investigación del estado estamos en la obligación de asistir para que nuestro sistema no se utilice como herramienta para el lavado de activos.  Todas las informaciones que levanta el Puesto de Bolsa durante la apertura de cuenta es confidencial y únicamente para los fines expuestos anteriormente.  Todos estos cambios pueden causar molestias entre los clientes ya que para muchos es nuevo y otros piensan que el cuestionamiento es incómodo.  Sin embargo, deben de recordar que estos cuestionarios son para el bien de todos y para evitar que los negocios lícitos sean utilizados para actividades del Lavado de Activos.

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