Pilares de un Mercado de Capitales IV

Por Jose A. Fonseca
miércoles 20, mayo 2015

En este cuarta entrega continuamos analizando el artículo de la Dra. Liliana Rojas – Suarez en su artículo: “Towards strong and stable capital markets in emerging market economies” (BIS Papers No 75). Hoy dedicaremos la columna al tercero de los pilares: un entorno institucional sólido.

Un entorno institucional adecuado es quizás tema suficientemente amplio para una tesis doctoral de economía institucional o análisis económico del derecho, en este artículo solo nos centraremos en aquellos aspectos señalados en el artículo que llevamos varias semanas analizando. Acá la Dra. Rojas – Suarez señala que el marco institucional debe proteger los derechos de los inversionistas (esencialmente tenedores de acciones) y acreedores (los tenedores de bonos y otras obligaciones), incluyendo la existencia de mecanismos que garanticen el cumplimiento de los contratos y de la ley.

Para lograr proteger los derechos de los participantes, especialmente de aquellos que son el “principal” en teoría de “agencia” se requiere: (1) Sistema judicial independiente, libre de presiones políticas; (2) Procesos legales que permitan una rápida implementación de las regulaciones; (3) Transparencia en políticas públicas y; (4) Una adecuada ley de quiebra.

Tengo algunos años viviendo en República Dominicana, no son muchos, pero son suficientes para sentirme un ciudadano más, uno que ama el país y que también es consciente de las oportunidades de mejora que tenemos. Con el mejor ánimo de hacer algunas críticas constructivas, pienso que este es uno de los pilares sobre los que tenemos que hacer un mayor esfuerzo.

El mercado de capital está rodeado de la siguiente estructura legal que lo afecta de forma directa: (a) Código Civil con algunos contratos nominados muy importantes como la compraventa y el préstamo; (b) La Ley de Sociedades Comerciales y Empresas Individuales con la forma como se organizan las personas jurídicas y los derechos de los accionistas, (c) La Ley de Mercado de Valores que organiza y regula nuestro mercado (actualmente en discusión) y (d) la Ley para Desarrollo del Mercado Hipotecario y Fideicomiso, entre otras.

Tenemos algunas leyes muy modernas y contemporáneas como la Ley de Sociedades y la comúnmente llamada de Fideicomiso que aportan elementos valiosos para el desarrollo del mercado como son: aspectos de seguridad e igualdad a los derechos de los accionistas en la ley de sociedades y, un nuevo contrato para el desarrollo de un amplio abanico de productos como es el contrato de fideicomiso.

Nuestro Código Civil y el Código de Comercio dan soporte a buena parte de las transacciones que ocurren en el mercado como son: la comisión mercantil, la compraventa y el préstamo de consumo. Sin embargo nuestros códigos no tienen algunas estructuras que permitirían mayor fluidez en el desarrollo del mercado de capitales como son: la protección especial al contrato de compraventa en el mercado de valores, el contrato de reporto, la cuenta corriente mercantil o cuenta corriente de comercio, las opciones de compraventa.

Finalmente hay dos aspectos pendientes que son muy importantes: La ley de insolvencia o quiebra que es muy importante para garantizar los derechos de los acreedores y el establecimiento de distintas categorías de deuda, y; la Ley de Mercado de Valores: esta ley ha estado en discusión desde hace algún tiempo y esperemos sea un instrumento que permita profundizar y mejorar nuestro mercado.

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

    Suscríbete a nuestro Newsletter


    Al completar este formulario, usted acepta recibir correos electrónicos de marketing de CCI Puesto de Bolsa.
    Calle Filomena Gomez de Cova #3,
    Torre Corporativa 2015,
    1er Nivel, Serrallés,
    Santo Domingo, Rep. Dom.

    Síguenos

    CCI. Capital Crédito Inversión