La Cuenta de Corretaje #2

Por José A. Fonseca | jfonseca@cci.com.do | twitter @zfaj
miércoles 17, diciembre 2014

En nuestro artículo anterior hacíamos un recuento de algunos de los contratos que podrán encontrar en la mayoría de las cuentas de corretaje con las que operan los intermediarios de valores – Puestos de Bolsa – del País. En este artículo nos concentraremos en comentarles cómo operan y para qué están cada uno de estos contratos.

El Contrato de Comisión Mercantil o Contrato de Mandato es al contrato marco de la Cuenta de Corretaje, acá el cliente otorga al Puesto de Bolsa el “mandato” o “comisión” para que en su nombre proceda a comprar o a vender ciertos cantidad de valores. Este contrato le otorga al cliente el derecho a ser tratado con privilegios frente al propio intermediario, i.e., el Puesto de Bolsa queda obligado a anteponer sus intereses a los del Cliente.

El Contrato de Comisión también autoriza al intermediario a que éste pueda cerrar la comisión consigo mismo, i.e., a que el Puesto de Bolsa compre los títulos que se le comisionó vender o venta los títulos que se le comisión comprar. Esta actividad es documentada bajo el Contrato de Compraventa que también forma parte del contrato de Corretaje y deviene en una de las actividades más importantes que realizan los Puestos de Bolsa: Aportar liquidez y transparencia al mercado de valores.

Cuando un Puesto de Bolsa compra o vende títulos de forma directa a su cliente, el intermediario está usando sus propios recursos (su balance) para poder satisfacer las necesidades transaccionales de los clientes. Si los Puestos de Bolsa no pudieran comprarle o venderle directamente a sus clientes, estarían obligados a actuar exclusivamente como “comisionistas” y, por tanto, la dinámica sería como sigue: Si un cliente desea comprar un valor, el intermediario debería acudir al mercado a buscar a un segundo cliente que quiera vender exactamente la misma cantidad del mismo valor que el primer cliente quería comprar. Caso contrario, si un cliente quiere vender, este deberá esperar a que el intermediario consiga a otro cliente que quiera comprar exactamente la misma cantidad del mismo valor que posee el vendedor.

De acuerdo a lo anterior, al intermediario usar su balance para satisfacer las necesidades transaccionales de los clientes, aporta enormes cantidades de liquidez ya que los clientes podrán realizar sus transacciones de inmediato y sin esperar que aparezca otro cliente que pueda llenar nuestras órdenes. El modelo de contratación como comisionista supone la existencia de un mercado donde haya una gran cantidad de clientes compradores y vendedores actuando de forma simultánea y que forme suficiente liquidez por si mismo (sin la participación de los Puestos de Bolsa) para satisfacer las necesidades de los clientes.

El contrato de Préstamo de Valores es otro instrumento que permite a los clientes la configuración de una gran cantidad de estrategias de inversión tales como: optimizar el rendimiento de sus valores existentes, realizar operaciones de inversión de corto plazo sin riesgo de precio, realizar ventas en corto para cubrir el riesgo de precio de otras inversiones o para tomar ganancias en la caída de los precios de los activos.

Las operaciones de préstamo de valores son escenciales en el desarrollo de los mercados de capitales como reconoce IOSCO y Basilea en el artículo publicado en 1999 “Securities lending transactions: market development and implications”. Nuestro mercado tiene un actividad nueva y creciente en ésta área tan importante, estas operaciones no sólo tienen beneficios para los clientes sino que también permiten el desarrollo de mayores niveles de liquidez.

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