El Contrato de Reporto – Repo –

Por José A. Fonseca
miércoles 6, enero 2016

Muchas veces hemos escuchado a inversionistas, participantes del mercado, intermediarios y otros referirse a las operaciones de Reporto. Pero, ¿Qué és el contrato de reporto? ¿Existe este instrumento en nuestra regulación? ¿Qué ventajas tiene el contrato de reporto? son algunas de las preguntas que pretendo abordar en este artículo.

¿Qué es el contrato de reporto o repo?

Es un contrato bilateral, por el cual el “reportado” transfiere en propiedad al “reportador” títulos de crédito de una especie determinada (bonos, pagaré, acciones, letras, etc), por un precio también determinado, asumiendo el reportador la obligación de transferir al reportado, cuando transcurre el plazo acordado en el contrato, la propiedad de los mismos u otros títulos de la misma especie, contra el pago del mismo precio más un premio.

En la legislación española y en la mayoría de latinoamérica el contrato de reporto es un contrato nominado, i.e., se encuentra previsto en los códigos legales (Civil, Comercio o leyes) y por tanto, los derechos y obligaciones que de éstos se derivan están claramente descritos. En los países donde existe contrato de reporto, éste debe constar por escrito dejando claramente establecidos quienes son el reportado, reportador, el plazo, el precio, el precio y las características de los valores.

El contrato de reporto implica la transferencia de la propiedad de los valores al reportador, por lo que este ejercerá todos los derechos económicos y políticos asociados a la tenencia de éste valor.

¿Existe el  Reporto en nuestra regulación?

No, los códigos legales dominicanos no incluyen el contrato de reporto, no existe, igual que no existía el contrato de Fideicomiso. Sin embargo, en nuestro mercado se ejecutan operaciones similares: Contratos de venta spot con un contrato de compra forward (llamada simultánea en Colombia y Venta – Compra en Venezuela) , esta operación es similar en sus resultados financieros, sin embargo tiene diferencias legales significativas.

Las diferencias más importantes se relacionan con los efectos del contrato en eventos de quiebra o insolvencia de alguna de las partes. En caso de la operación de reporto, éste refleja una obligación para cada una de las partes y en caso de quiebra el acreedor tiene prioridades frente a accionistas y otros contratos (como el de compraventa). En los incumplimientos del contrato de reporto, la parte afectada tiene derecho a exigir ser compensado por la diferencia entre el valor de mercado de los títulos y el precio acordado en el contrato de reporto más el premio. En las simultáneas (que son la forma más usual en RD) en caso de insolvencia de una de las partes, será muy difícil exigir una compensación por cualquier pérdida frente al valor de mercado.

En República Dominicana existe el Retracto, que es el derecho que tiene el vendedor de retomar las cosas vendidas, sin embargo ésto no es exactamente el reporto.

¿Cuáles son las ventajas del reporto?

Lo primero es que permite al tenedor de activos de crédito obtener financiamiento contra sus valores, pero también permite el financiamiento de posiciones cortas y establecer relaciones del valor de valores de forma que reflejen la negociación sobre los requerimientos de colateral entre las partes. Adicionalmente, el reporto brinda a las partes niveles mucho mayores de seguridad jurídica.

El primer anteproyecto de la Ley de Mercado de Valores desarrollaba in extenso el contrato de reporto y otros, los anteproyectos posteriores lo incluyen con menos amplitud, sin embargo, esperamos que esta figura sea incorporada a nuestra legislación lo más pronto posible y que su aplicación sea extensiva a otros sectores como son la Banca, Seguros y Pensiones. La aplicación restringida al ámbito exclusivo del mercado de valores sería muy insuficiente.

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

    Suscríbete a nuestro Newsletter


    Al completar este formulario, usted acepta recibir correos electrónicos de marketing de CCI Puesto de Bolsa.
    Calle Filomena Gomez de Cova #3,
    Torre Corporativa 2015,
    1er Nivel, Serrallés,
    Santo Domingo, Rep. Dom.

    Síguenos

    CCI. Capital Crédito Inversión