Invirtiendo en Bonos con Opción de Redención Anticipada

Por José A. Fonseca
miércoles 4, octubre 2017

En nuestro mercado existe una gran cantidad de títulos valores de deuda – bonos – emitidos con una cláusula denominada “Opción de Redención Anticipada”. Esta “opción” permite al emisor del título (el deudor) realizar el pago del capital de los títulos antes de la fecha de vencimiento.

¿Por qué existe está cláusula?

Los emisores quieren asegurarse de tener la posibilidad de que puedan “cancelar” la deuda cuando lo consideren conveniente, por ejemplo , si las tasas de interés caen de forma importante, esto implicaría que el emisor pueda endeudarse en el mercado más barato que las emisiones anteriores, por lo que podría lograr una reducción de costos emitiendo nuevos títulos y ejerciendo la opción de redención anticipada.

¿Cómo afecta está “opción” a los inversionistas?

Los inversionistas pueden tener un impacto negativo significativo si no tienen el debido cuidado al realizar sus inversiones. Generalmente en nuestro mercado negociamos los títulos valores de deuda en términos del rendimiento al vencimiento, en el caso de títulos con opción de redención anticipada debemos tener en cuenta que requerimos nos sea cotizado el rendimiento calculado a la fecha de ejercicio de la “opción”. Debemos tener bastante claro cual es el precio que el emisor debe pagar para ejercer esta “opción”, en algunos casos puede tener que pagar valores mayores al capital (el valor nominal) para poder ejercer la opción (debe pagar una precio con prima), o puede sencillamente tener que pagar solo el capital (el valor nominal) en la fecha estipulada. El puesto de bolsa del cuál es cliente está en capacidad de asesorarle e indicarle claramente cuál es el rendimiento al vencimiento y el rendimiento a la fecha de ejercicio de la opción de redención anticipada.

¿Cómo verifico si el bono en el que invierto tiene “opción” de redención anticipada?

Es sencillo, solicite el prospecto de la emisión al Puesto de Bolsa del cual es cliente, o visite la página web de la Bolsa o de la Superintendencia de Valores y verifique allí si el título tiene “opción” de redención anticipada. El proceso de ejercicio de la opción (si lo hubiera) estará claramente descrito en este documento, generalmente es un conjunto de cláusulas y procesos que se encuentran bajo un apartado llamado “opción de redención anticipada”.

¿Todos los bonos tienen esta opción?

Ninguno de los títulos valores emitidos por el Banco Central o el Ministerio de Hacienda tienen esta opción, ésta la podemos encontrar en una gran cantidad de bonos corporativos (no todos).

Realizar una inversión informada es muy importante, por eso solicite siempre que le aclaren si existe opción de redención anticipada, pida que le coticen tanto el rendimiento al vencimiento como el rendimiento a la fecha de ejercicio de la opción (técnicamente yield to call), pregunte todo lo que no entienda, es parte esencial del trabajo del Puesto de Bolsa asegurarse que sus clientes comprendan en lo que invierten.

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